PARA LEER TODAS LAS NOTICIAS SOCIOAMBIENTALES

17º UAC EN BUENOS AIRES

lunes, 14 de diciembre de 2009

¿Momento de definiciones?

La del martes puede ser una sesión de Consejo Superior con importantes definiciones... o tal vez no. Es porque en el último encuentro del año de ese órgano de cogobierno de la UNLP está previsto el tratamiento de algunos temas conflictivos como la aceptación o rechazo de fondos del emprendimiento minero La Alumbrera, la aprobación de la distribución del presupuesto para 2010 y, también, una presentación de estudiantes de Medicina en contra del nuevo sistema de ingreso a Medicina.


Esta contradicción inicial en el análisis no es antojadiza, tiene su razón de ser y es porque los debates en la casa de altos estudios muchas veces tienen la característica de estirarse indefinidamente. Un claro ejemplo es el curso de admisión de la facultad emplazada en 60 y 120. Después de 17 años de reclamos estudiantiles para que se modifique el régimen de ingreso eliminatorio, el nuevo sistema que fue aprobado el miércoles último por profesores y graduados tampoco es aceptado por los representantes de ese claustro. ¿El argumento? “Sigue siendo restrictivo”, afirman.

Por eso los mismos estudiantes volverán a llevar la discusión al Consejo Superior y los integrantes de ese cuerpo deliberativo deberán analizar si el nuevo proyecto aprobado en la Facultad, y sobre el cual la Presidencia de la UNLP ya dio el “ok”, cumple o no con el Estatuto universitario que establece un ingreso libre e irrestricto.

Según pudo saber Hoy, el Consejo Superior avalaría el nuevo curso siempre y cuando los aspirantes sean alumnos “regulares” y pertenezcan a la “facultad de Medicina”. Viéndolo de este modo, el proyecto se amoldaría. Pero el tema es que sólo los que obtengan las mejores notas podrán estudiar Medicina, mientras que el resto deberá “conformarse” con otras licenciaturas o tecnicaturas. Este es uno de puntos que el claustro estudiantil cuestiona.

Lo cierto es que si no resuelve este año podría volverse atrás y continuar el régimen actual.

El proyecto de distribución del presupuesto también puede generar controversias ya que, si bien la propuesta de la Presidencia para repartir el dinero cuenta con un dictamen favorable de la Comisión de Economía del Consejo Superior, los representantes estudiantiles se opondrían.

Por último, la discusión por el rechazo de los fondos que reparte a las universidades el emprendimiento minero La Alumbrera, que fue planteado en la primera sesión del año, se perfila para continuar en 2010. Fuentes del Rectorado consultadas por este medio indicaron que la UNLP “rechazaría” los fondos, pero sería hasta tanto una comisión de especialistas de la Universidad elabore un completo informe sobre los pro y los contra de la actividad minera
y analice los aspectos jurídicos-legales para saber si una resolución universitaria puede suspender la aceptación de esos montos que están reglamentados por ley.
http://www.diariohoy.net/accion-verNota-id-59357-titulo-%C2%BFMomento_de_definiciones

MAS DENUNCIAS EN MAR DEL PLATA POR AGUAS Y PLAYAS CONTAMINADAS

RENACE INFORMA

RED NACIONAL DE ACCION ECOLOGISTA

10 diciembre 09


NO SOLO LAS AGUAS: TAMBIÉN LAS ARENAS

Lo que más contamina es el ocultamiento. Si nadie asume el problema, nadie lo resolverá.

El intendente municipal de la ciudad de Mar del Plata, Buenos Aires, Argentina, Cdor. Gustavo Pulti, salió a los medios de prensa a decir que las playas “están científicamente controladas por el personal más calificado que tiene la Argentina para hacer este tipo de controles que son los ingenieros y técnicos con graduaciones importantes y méritos académicos” (diario El Atlántico 6/12/09)

El Ing. y Dr. Froilán Gozález, docente e investigador de la Facultad de Ingeniería, Universidad Nacional de Mar del Plata, acaba de ingresar por mesa de entradas municipal, dirigida al Sr Intendente y con copia a los Sres Concejales, la siguiente nota (sic):

(…) Los resultados que encontré publicados hasta elmomento distan mucho, MUCHO, Sr. Intendente de darme tranquilidad sobre la aptitud de gran parte nuestras playas para uso recreativo. Ninguna de las que encontrara indica que son aptas en su totalidad. Paso a detallar cuatro de las publicaciones encontradas, y que estimo relevantes para el propósito de esta nota.

El primer trabajo denominado SITUACIÓN SANITARIA DE LA ZONA BALNEARIA DE LA CIUDAD DE MAR DEL PLATA, ARGENTINA , y puede obtenerse de una página oficial:

http://www.ambiente.gov.ar/archivos/web/salud_ambiente/File/PEREZGUZZISitSan.pdf

fue presentado en el 1er. Congreso Internacional del Agua, Córdoba, Argentina, e indica en su resumen que: “....A pesar de no contar con legislación propia para regular las condiciones de balneabilidad, la mayoría de las playas no son aptas para el uso recreacional de acuerdo a normativas internacionales....” y entre las varias conclusiones que menciona, indica que: ...”Sólo las playas ubicadas al sur del Torreón (playa Varese hacia el sur) pueden considerarse aptas para contacto primario, de acuerdo a los criterios de la OMS. La playa Las Toscas (céntrica) no cumple las exigencias de balneabilidad establecidas por la USEPA, ya que supera los 200 CTt/100 ml durante enero y febrero....”.

El segundo trabajo denominado OUTFALL CONSTRUCTION: TEN YEARS OF BACTERIAL CONTROL AND VIRTUAL BEACH MODEL PREDICTION TESTING. Fue presentado en la edición del 2008 de la Conferencia MWWD, y si bien no puede obtenerse directamente de la Internet, pueden solicitarse copias de trabajos (hasta 2) sin cargo en lapágina:

http://www.mwwd.org/site/page.asp?dsy_id=3336

Yo poseo una copia electrónica del mismo, y también se encuentra otra en el Disco Compacto que adjunto a ésta nota. Allí se menciona que laPcia de Bs As tiene criterios de calidad de aguas: menciona la “...Resolución nº 42/06 Directorio de la Autoridad del Agua. Pcia de Bs.As. (boletin oficial 25353). (2006)....”

Y el trabajo menciona hacia el fin de la página 5, que:

“...From figure it can be seen that the extent of wastewater discharge incidence is about 5203 m north and 9900 m south of the discharge. The beaches in this sector don’t fulfill the local compliance criteria....”

Una traducción libre, personal y NO OFICIAL es: “...De la figura puede verse que la extensión de la incidencia de la descarga de agua residual es aproximadamente 5203 m al norte y 9900 m alsur de la descarga. Las playas en dicho sector no satisfacen los criterios locales de cumplimiento...”

Más hacia el final, y dentro de las varias conclusiones presentadas, se indica que:

“....The beaches in the sector between 5.2 km to the north and 9.9 km to the south of the discharge exceeds local Buenos Aires province water quality criteria: geometric mean of 35 enterococci /100 ml (Resolución Nº 42/06 Autoridad del Agua, ADA). Although the compliance changes each day in function of the predominant wind direction. ....”

Una traducción libre, personal y NO OFICIAL es:

“...Las playas en el sectorentre 5,2 k al norte y 9,9 km alsur de la descarga exceden los criterios de calidad de agua de la provincia de Buenos Aires: la media geométrica de35 enterococos cada 100ml. (Resolución Nº 42/06 Autoridad del Agua, ADA). Aunque la conformidad con la norma cambia cada dia en funcion del viento predominante....”

El tercer trabajo no está relacionado con la calidad de las aguas “per se” pero ciertamente habla de un problema que los marplatenses debemos enfrentar; el de los parásitos en excrementos de perros hallados en nuestras playas. Tal trabajo se denomina:

ESTUDIO COPROPARASITOLÓGICO CANINO EN PLAYAS DE MAR DEL PLATA Y SU IMPACTO EN LA SALUD PÚBLICA. Fue publicado en la Revista Veterinaria, Volumen 19, Nro 1,páginas 23 a 27 del 2008. Puede obtenerse una copia de: http://vet.unne.edu.ar/revista/19-1/Madrid--Estudio%5B1%5D....pdf

En dicho trabajo se mencional la situación parasitaria en playas de Mar del Plata, indica que la prevalencia parasitaria fue mayor en verano y en otoño, brinda un detalle de los grados de parasitosis hallados en diferentes playas, y se concluye que:...... los altos grados de contaminación hallados imponen la premisa de no concurrir a las playas con animales de compañía y que a los perros vagabundos y semi-vagabundos les sea vedado el ingreso a las mismas, evitando así la infección de los animales domésticos y del hombre, particularmente de los niños, con parásitos de importancia zoonótica....”

El cuarto trabajo se denomina DO TREATMENTS OF SEWAGE PLANTS REALLY WORK? THE INTERTIDAL MUSSELS’ COMMUNITY OF THE SOUTHWESTERN ATLANTIC SHORE (38ºS, 57ºW) AS A CASE STUDY, fue publicado recientemente en Revista de Biología Marina y Oceanografía 44(2): 357-368, agosto de 2009.

Puede obtenerse una copia delmismo en:

http://dialnet.unirioja.es/servlet/articulo?codigo=3041595

En este trabajo se estudió el efecto de la descarga del efluente desde la Planta de pretratamiento en Camet. Se halló que produce un efecto beneficioso, pese a ser sólo un pre-tratamiento: detectaron que la contaminación se extiende más allá de lo usual, en los días en los que la Planta estuvo parada (por ejemplo, por tareas de mantenimiento). Mencionan que “...during summer months, prevalent winds from north attach the flume to south shore, and this area results moderately polluted. When sewage treatment plant stops the area polluted increases, so the South stations are also affected by organic pollution....”

Una traducción libre, personal y NO OFICIAL es:

“... durantelos meses de verano, los vientos prevalentes del norte acercan la pluma a la costa alsur (N. del T. de la descarga) y el área resulta moderadamente contaminada. Cuando la planta de trtamamiento se detiene, el área contaminada se incrementa, por lo que las estaciones al sur (N delT: estaciones de muestreo) resultan también afectadas por la contaminación orgánica..

En resumen, Sr.Intendente entiendo que el problema de contaminación en gran parte de nuestras playas existe efectivamente, y está demostrado por trabajos de gente con graduaciones importantes y méritos académicos (para usar sus palabras).

Quedo a la espera de su respuesta una vez más y ofrezco la colaboración que esté a mi alcance para aportar hacia la solución del problema de contaminación que (muy a nuestro pesar) tienen nuestras playas.

Cordiales saludos

Contacto: Ing. Dr. Froilán González (0223) 155 059202 froilan@fi.mdp.edu.ar

www.renace.net

miércoles, 9 de diciembre de 2009

Resolución de la Universidad de Luján

Nada de fondos mineros

La Universidad Nacional de Luján (UNLU) se convirtió en la segunda casa de estudios nacional que se niega a recibir fondos provenientes de la minera La Alumbrera, cuestionada por su alto impacto ambiental. En su última sesión, el Consejo Superior de la UNLU decidió no incorporar al presupuesto los recursos asignados por ley. La única universidad que había tomado esa decisión era, hasta ahora, la de Río Cuarto (UNRC).

Por segundo año consecutivo, a todas las universidades nacionales les corresponden fondos surgidos por la explotación del Yacimiento Minero Aguas de Dionisios, cedido a la empresa La Alumbrera. Además de la UNLU y la UNRC, distintas unidades académicas de diversas universidades nacionales aprobaron el rechazo de los recursos, pero no lograron la adhesión de sus consejos superiores. Tal fue el caso de las universidades de Buenos Aires, Córdoba y del Comahue, entre otras.

El debate fue generado por profesores, investigadores y estudiantes sobre la contradicción para el sistema universitario de recibir fondos que producen daño al medio ambiente y a los pueblos que circundan la actividad, en la provincia de Catamarca, a través de la explotación minera “a cielo abierto”. El Premio Nobel de la Paz Adolfo Pérez Esquivel se sumó al reclamo y envió una carta al Consejo Interuniversitario Nacional solicitando el rechazo del financiamiento, aunque no obtuvo resultados.

lunes, 7 de diciembre de 2009

La UNLu rechazó los fondos de La Alumbrera

DECISIÓN DEL CONSEJO SUPERIOR

En la sesión realizada el jueves, el cuerpo colegiado de la casa de altos estudios aprobó una resolución mediante la cual la universidad le dice no al dinero proveniente de la contaminante explotación minera que tiene lugar en la provincia de Catamarca.
Después de reiterados reclamos de los estudiantes, la UNLu determinó no aceptar los fondos de la minera.
Después del repudio público manifestado por diferentes organizaciones y centros estudiantiles, la Universidad Nacional de Luján (UNLu) determinó rechazar los fondos provenientes de la minera La Alumbrera.
Así lo decidió el jueves el Consejo Superior, a través de una resolución donde se decidió no aceptar el dinero que, por segundo año consecutivo, iba a llegar desde esa explotación productiva acusada de generar un fuerte impacto negativo en la provincia de Catamarca.
La determinación del Consejo se concretó luego de que el rector saliente de la UNLu, Osvaldo Arizio, asegurara que la institución estaba obligada por ley a aceptar los fondos.
http://www.elcivismo.com.ar/nota.php?nota=3734

sábado, 5 de diciembre de 2009

Universidad Nacional de Luján rechazó fondos de Bajo la Alumbrera

Compañeros:

En su sesión de ayer 3 de diciembre, el Consejo Superior de la Universidad Nacional de Luján, por unanimidad, rechazó los fondos que distribuye el CIN entre las Universidades Nacionales, provenientes de las regalías que paga una empresa transnacional por la explotación de la mina a cielo abierto, Bajo la Alumbrera, en la provincia de Catamarca. Se trata de un emprendimiento minero que por ley nacional constituyó una empresa (IMAD) entre la Universidad de Tucumán, la empresa transnacional y el gobierno de Catamarca. Se trata de la extracción de roca, su molienda, el traslado utilizando ingente cantidad de agua(en un sitio donde el agua es escasa para los seres humanos) y el precipitado del mineral con enormes cantidades de cianuro. Obtienen así oro y plata al costo de contaminar el agua de los ríos con cianuro metales pesados, etc y destruir el medio ambiente, además de generar la muerte de animales y plantas. Para acallar las voces de protesta la ley distribuye entre las universidades un monto de dinero proveniente de las regalías.


Muchas facultades de universidades nacionales, ya han rechazado los fondos. La universidad de Río Cuarto hizo lo mismo que nosotros. Perez Esquivel, el Premio Nóvel pidió al CIN que rechazara esos fondos. Geólogos y organizaciones ambientalistas, piden lo mismo.

La empresa está procesada por contrabando (de minerales diferentes del oro y plata que se llevan sin pagar impuestos) y por contaminación.

Pero siguen...


Nosotros también debemos seguir acrecentando nuestra solidaridad con los pobladores de esa zona- que luchan contra la minera que ni siquiera les proporciona trabajo- y manifestando que no estamos dispuestos a recibir dinero manchado con el dolor y la sangre de nuestros compatriotas.


Comisión Directiva de ADUNLu

UNLP: El H. Consejo Académico de la Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación, RECHAZA FONDOS ALUMBRERA

Universidad Nacional de La Plata

Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación


Vista la situación planteada en torno a la mina de oro del Bajo de La Alumbrera, cuyos derechos de exploración y explotación pertenecen a Yacimientos Mineros Aguas de Dionisio (YMAD), una sociedad que integran el gobierno de Catamarca, la Universidad Nacional de Tucumán y el gobierno nacional;

Y vistos los Acuerdos Plenarios del CIN (Consejo Interuniversitario Nacional), de los años 2008 y 2009, por los cuales se decidió distribuir los recursos recibidos de YMAD en virtud de la aplicación de la Ley Nacional n° 14.771, Artículo 18, Inciso "c", que prevé la distribución de utilidades de YMAD "entre las universidades del Estado";

Y considerando la presentación realizada por el claustro estudiantil a este H. Consejo, y las deliberaciones mantenidas en las que se exteriorizaron diferentes fundamentos y valoraciones de la cuestión planteada,

El H. Consejo Académico de la Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación, en sesión del 7-10-09,

DECLARA:

Por mayoría de sus miembros:

Primero: Que rechaza los fondos provenientes de la aplicación de la Ley Nacional n° 14.771, Artículo 18, Inciso "c", que prevé la distribución de utilidades de YMAD "entre las universidades del Estado", y hacer saber esta posición al H. Consejo Superior de la UNLP;

Segundo: Este Consejo manifiesta que el rechazo de los fondos mencionados en nada obsta el histórico reclamo de los distintos claustros de nuestra Universidad por un presupuesto público acorde con nuestras necesidades, funciones y proyectos.

Por unanimidad de sus miembros:

Tercero: Que promoverá diferentes acciones orientadas al máximo esclarecimiento de los impactos socioambientales, territoriales y económicos de la explotación minera en nuestro país. Estas acciones comprenderán las siguientes iniciativas:

· Una serie de Foros de Debate a desarrollarse en el ámbito de la Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación, en la que puedan discutirse, en base a sólidos fundamentos científico-técnicos, las diferentes visiones en torno a la problemática minera en la Argentina, en general, y en torno a la explotación del Bajo de La Alumbrera, en particular;

· La elevación a la Presidencia de la UNLP de la propuesta de conformar una Comisión Interdisciplinaria e Interclaustro, dependiente del Consejo Superior, para que en un breve lapso, elabore un documento narrativo que resuma el “estado de la cuestión” en torno a la problemática suscitada por la explotación minera de La Alumbrera y otras explotaciones de índole semejante en nuestro país. Dicho informe no solamente será distribuido en el ámbito universitario, sino que también sea difundido a diferentes sectores de la sociedad, preocupados por esta temática y que esperan una intervención pública, responsable y esclarecedoras por parte de nuestra universidad;

· La petición al H. Consejo Superior, y por su intermedio, a las autoridades nacionales que correspondan, para que se proceda a conformar una Comisión Científica Interdisciplinaria del más alto nivel, integrada por especialistas provenientes de universidades nacionales que hayan efectivamente rechazado los fondos provenientes de la explotación minera del Bajo de la Alumbrera. Esta Comisión se abocará a la tarea de producir un estudio sobre los impactos socioambientales, territoriales y económicos producidos por dicha explotación.

La Plata, a los 28 días del mes de octubre de 2009

miércoles, 2 de diciembre de 2009

Pedido de informes por bolsas OXODEGRADABLES

RENACE INFORMA

RED NACIONAL DE ACCION ECOLOGISTA de la Argentina

2 de diciembre 2009

DIPUTADOS SOLICITA INFORMES AL EJECUTIVO PROVINCIAL

EN BUENOS AIRES, ARGENTINA

SOBRE TOXICIDAD Y DEGRADABILIDAD

DE BOLSAS OXODEGRADABLES

BIOS Argentina realizó durante el 2009 una investigación acerca de los posibles efectos de toxicidad de las bolsas oxodegradables, que el OPDS (Organismo Provincial de Desarrollo Sostenible de la Provincia de Buenos Aires) habilitó con el supuesto fin de beneficiar al ambiente.

BIOS determinó que era discutible, en base a informes técnicos del INTI (Instituto Nacional de Tecnología Industrial) y el IRAM (Instituto Argentino de Normalización y Certificación).

La ley 13.868 prohibe en su artículo 1º el uso de polietileno para las bolsas de supermercados. Pero, luego aprueba las oxodegradables, que están hechas precisamente de polietileno.

Además, es confuso en la ley el uso del término “degradable” y “biodegradable”. Y nada dice sobre la potencial toxicidad del aditivo de fórmula secreta que sólo dos importadores ingresan al país para su fabricación.

Por todo ello, el Diputado José Luis Comparato de la provincia de Buenos Aires se comunicó con nosotros, y presentó el Pedido de Informes que abajo se reproduce completo.

Esperamos que el OPDS reconozca que el material sugerido es inconveniente y que no evita la incorporación de polietileno al ambiente.

Reproducimos, además, la denuncia original que BIOS envió oportuna y reiteradamente al OPDS sin respuesta alguna.

Contacto:

Lic. Silvana Buján

(0223) 479-2474

(0223) 155 019937

silvanabujan@yahoo.com.ar www.bios.org.ar

www.renace.net

SOLICITUD DE INFORMES

La Honorable Cámara de Diputados de Buenos Aires

R E S U E L V E

Dirigirse al Poder Ejecutivo de la Provincia para que, a través de los organismos que corresponda y a la mayor brevedad posible, se sirva responder sobre los siguientes puntos:

Cantidad y detalle de personas físicas y jurídicas que solicitaron su inclusión en el Registro de Fabricantes, Distribuidores e Importadores de Bolsas. Si alguno de los aspirantes fue rechazado por la Autoridad de Aplicación, cuáles fueron las causales.

Atento el punto anterior, cuáles han sido los resultados obtenidos de los ensayos requeridos por el Decreto 1521/09, artículo 9°, inciso d, señalando si fuera posible, cuales fueron las sustancias de desecho resultantes en cada caso. Además, informar qué laboratorio habilitado por la Autoridad de Aplicación realizó los ensayos y con qué estándar de referencia (ASTM, EN, IRAM).

Cuáles son las tecnologías, materiales y sustancias utilizadas en la fabricación de bolsas contenedoras y en la impresión de inscripciones en las mismas, que han sido autorizadas por la Autoridad de Aplicación, en los términos del artículo 5° de la Ley 13868.

Si la Autoridad de Aplicación ha autorizado la utilización de polímeros oxodegradables para la fabricación de bolsas contenedoras. En caso afirmativo, qué estudios de degradabilidad y/o biodegradabilidad fueron realizados; organismos técnicos intervinientes; norma utilizada (ASTM, EN o IRAM); y qué sustancias resultarían a partir de la degradación de las mismas.

Si la Autoridad de Aplicación cuenta con los recursos, de cualquier índole, necesarios para realizar los controles necesarios en los 134 distritos de la Provincia.

Cuáles son los organismos técnicos nacionales y/o provinciales con los que la Autoridad de Aplicación coordinará la realización de los informes técnicos previstos en el artículo 4° del Decreto 1521/09.

Toda otra información que considere de interés o utilidad para un mejor análisis de la puesta en marcha de la citada Ley 13868 y sus reglamentaciones.

FUNDAMENTOS

La ley 13868 dispuso la prohibición del uso de bolsas de polietileno y de todo otro material plástico convencional, para su distribución en supermercados, autoservicios, almacenes y comercios en general, en todo el territorio de la Provincia.

La misma norma estableció la necesidad de reemplazar dichos materiales por contenedores degradables y/o biodegradables, en forma progresiva, fijando además los plazos a cumplirse.

Asimismo, determinó la creación de un Registro de Fabricantes, Distribuidores e Importadores de Bolsas, además de establecer que la autoridad de aplicación determine las tecnologías de aplicación autorizadas en la fabricación de bolsas, de acuerdo a su compatibilidad con la Ley.

A través del Decreto 1521/09, el Poder Ejecutivo reglamentó la citada Ley.

Mediante la reglamentación, se dispuso que las tecnologías y/o metodologías de producción debían acreditar ante la autoridad de aplicación el cumplimiento de las normativas nacionales y/o extranjeras sobre degradación y/o biodegradación, ya sea ASTM, EN o IRAM. Asimismo, basándose en el principio de progresividad, la autoridad de aplicación puede disponer modificar las tecnologías y/o metodologías de producción autorizadas.

Por otra parte, la misma reglamentación dispuso que la autoridad de aplicación podría realizar informes técnicos evaluando la continuidad tecnologías y/o metodologías de producción, disponiendo la discontinuidad, incorporación y/o sustitución de acuerdo a la disponibilidad existente en jurisdicción nacional y/o local.

Además, se reglamentó que los establecimientos que se inscribieran en el Registro, deberán informar bajo declaración jurada las materias primas e insumos utilizados en la fabricación de las bolsas, adjuntando resultados de ensayos de degradación y/o biodegradación realizados por laboratorios acreditados y/o habilitados, a partir de lo cual se otorgará un Certificado con validez de un (1) año.

En octubre de 2009 se cumplió el plazo previsto para el reemplazo de las bolsas en los establecimientos identificados como hipermercados, supermercados y minimercados,

Con fecha 19 de octubre de 2009, el OPDS, en su sitio web oficial, incluyó una gacetilla, dando cuenta sobre la puesta en marcha de las tareas vinculadas con la entrada en vigencia de ley.

Sin embargo, no existe en el “website” mencionado acceso al Registro, ni se hace mención a las tecnologías y/o metodologías de producción de bolsas que ha aprobado.

Ante una alerta de entidades ambientalistas, recogidas por un medio de prensa de la capital provincial, según la cual las bolsas que se habrían autorizado no cumplirían con lo dispuesto por la Ley 13868, y atento a la falta de información existente en la página de la autoridad de aplicación (el OPDS), es que solicito la aprobación del presente proyecto.

GACETILLA ORIGINAL

ALERTAMOS SOBRE LAS BOLSAS OXODEGRADABLES QUE DIFERENTES PROYECTOS ESTAN PROPONIENDO MASIVAMENTE EN EL PAIS

Las bolsas que se venden en Argentina y que promueven las provincias, NO SON BIODEGRADABLES (que se convierten en agua y carbono) sino OXODEGRADABLES

(se convierten en plástico picado + aditivo potencialmente tóxico)

Nuestra investigación nos demuestra que la utilización de bolsas de materiales plásticos oxodegradables en reemplazo de las bolsas plásticas tradicionales es inconveniente pues

no existe consenso a nivel mundial sobre su biodegradabilidad y compostabilidad, así como sobre el impacto de sus productos de degradación sobre el medio ambiente.

Hace más de un año alertamos, con documentos del IRAM y del INTI, acerca de este tema. Tememos que existan negocios pre acordados entre los fabricantes de oxo y las autoridades, ya que no se han atendido ni respondido siquiera nuestros argumentos técnicos.

El negocio de los oxodegradables avanza más rápido que los esfuerzos del sector público para cuidar la salud y el ambiente.

El IRAM (Instituto Argentino de Certificación y Normalización) ha conformado una comisión especial que establecerá la terminología sobre biodegradables (para no confundir algo que se desintegra con algo que se biodegrada), la norma de requerimientos para considerar que un material sea biodegradable, y qué sector público será el organismo de aplicación que certificará el carácter de los productos que se prohiban o se habiliten.

Se han sancionado leyes sin conocer el camino formal (y lógico) que implica la introducción de elementos químicos nuevos al mercado. Sin consultar al INTI Plásticos y al Grupo de Gestión de Políticas de Estado en Ciencia y Técnica.

Se define como envase biodegradable aquél que tras desecharse, comienza a descomponerse por influen­cia de agentes biológicos del medio ambien­te, que lo transforman en compuestos simples que se diluyen en el ambiente.

En el caso de biodegradación aeróbica, los productos de degradación son biomasa, dióxido de carbono, agua y minerales Existen también procesos de biodegradación anaeróbica, siendo los productos usualmente biomasa, metano, agua y minerales.

Se han logrado obtener biopolímeros verdaderamente biodegradables de aplicación comercial por vía fermentativa, pero se fabrican en pequeña escala en el extranjero, son todavía muy caros, no se usan masivamente y sólo se utilizan para el envasado de productos de alto valor, con un marketing ecológico importante en los países desarrollados.

La oxodegradación ocurre en materiales compuestos por un componente biodegradable y un componente no biodegradable y potencialmente tóxico. Los microorganismos metabolizan la fracción amilácea, mientras que la fracción polimérica queda sin atacar.

Los fragmentos de las bolsas oxo podrían contaminar más el medio ambiente, que una bolsa plástica convencional íntegra.

¿Cómo se ha llegado a este tipo de plásticos que se hacen pequeñas partículas pero no se biodegradan?

Se suele agregar a ciertos plásticos aditivos que los sensibi­lizan de manera tal que la radiación ultravioleta proveniente del sol cataliza su degradación a fracciones cada vez menores. Los fabricantes de los aditivos prodegradantes proclaman que éstos vuelven “oxobiodegradables” a los plásticos convencionales, pero tampoco hay consenso mundial en ello, pues existen dudas sobre si el mecanismo de su degradación es biológico o meramente foto-oxidativo, y sobre su ecotoxicidad, existiendo dudas sobre la acción sobre el medio ambiente de los aditivos, tintas, recubrimientos y adhesivos presentes normalmente en los artículos fabricados con estos materiales base, y liberados por su degradación

POR UN FUTURO LIBRE DE NUEVOS QUÍMICOS POTENCIALMENTE TÓXICOS O INMANEJABLES

Ref/

-MATERIALES PLASTICOS TRADICIONALES Y MATERIALES PLASTICOS BIODEGRADABLES – POSICION DE INTI-PLASTICOS – INTI - Ing. Alejandro Ariosti, Ing. Ricardo Giménez 2008

-Ing. Elida Hermida, Doctora en Física, integrante del Grupo de Gestión de Políticas de Estado en Ciencia y Técnica e investigadora del Conicet

BIOS ARGENTINA

Contacto: Lic. Silvana Buján (0223) 155 019937 y (0223) 479-2474

Bios_argentina@yahoo.com www.bios.org.ar

CeProNat

Contacto: Jorge Rabey 0342 4601679 cpronat@yahoo.com.ar jhrabey2@yahoo.com.ar

www.renace.net

Fundación Alameda_ Trabajo Infantil: Irregular allanamiento en Nuestra Huella SA

¡QUIEREN DRAGAR MAR CHIQUITA!!!!!!!

Represión a vecinos de Vicente López dia 23/09/10


Campaña Nacional de Firmas por el NO a la Minería Química a Cielo Abierto
y la Minería Nuclear en todas sus formas

Los ciudadanos del territorio argentino decimos NO a la minería química con la modalidad a "cielo abierto" y a la minería radiactiva en todas sus modalidades (cielo abierto o por galerías).

  • Pedimos la nulidad y derogación de la Ley de Inversiones Mineras (Ley Nacional 24.196) y normas complementarias.
  • Exigimos la derogación y anulación por parte de la República Argentina del "Tratado de Integración Minero Argentino-Chileno".
  • Reclamamos el cierre definitivo y la recomposición del ambiente, según el art. 41 de la Constitución Nacional, de todas las minas abandonadas y aquellas que están funcionando y no respetan la ley general del ambiente (ley nº 25675).
  • Pedimos previa autorización expresa para la utilización de recursos hídricos compartidos de las poblaciones de las provincias potencialmente afectadas por un emprendimiento minero que se expresarán por referéndum y demandamos la participación de la autoridad ambiental nacional en caso de efectos ínter-jurisdiccionales.
  • Pedimos se respeten estrictamente los principios ambientales preventivo, precautorio y de sustentabilidad contenidos en la ley general del ambiente y la sanción de caducidad de las concesiones mineras en caso de incumplimiento.
  • Reclamamos la detención y prisión de los empresarios mineros que contaminan el medio ambiente con sus delitos y la misma condena para los funcionarios públicos cómplices.
  • Denunciamos los planes nucleares que se fomentan desde el gobierno y enriquecen a los empresarios mineros que desarrollan emprendimientos mineros radiactivos.
  • Reclamamos expresa "Licencia Social" y participación ciudadana real y efectiva previas a los procesos de autorización de actividades mineras.

¡Sí a la vida y a la dignidad! ¡No al saqueo, destrucción y contaminación!

¡Sumá aquí tu firma a este reclamo!