El fallo confirmado ordena: i) La Provincia de Buenos Aires deberá elaborar un programada pautado de recomposición ambiental que cuente con metas definidas, precisión técnica y la fijación de índices objetivos –conforme parámetros internacionales de medición-, que permitan la evaluación en el control periódico de los resultados; comprende el análisis del agua subterránea de la napa freática, de los acuíferos y del suelo; ii) establecer que los costos del programa como del proceso de resanación son a cargo de Diacrom; iii) recomendar al Estado Provincial que para el caso que Diacrom no cumpla, inicie las acciones administrativas y judiciales que correspondan contra Diacrom S.A y/o contra sus directivos responsables a los efectos del cobro de la indemnización sustitutiva (arts. 27,28 Ley 25.675); iv) exhortar al Estado Provincial que efectúe una auditoria sobre las empresas de la zona que utilicen cromo; v) ordenar al Estado Provincial que implemente un sistema de información pública en general –via Internet- en base al principio de publicidad de los actos de gobierno y el derecho fundamental de acceso a la información y participación ciudadana, que deberá contener en forma clara y accesible los datos suficientes sobre el estado actual de la contaminación, lo concerniente al plan de resanación, cumplimiento de metas, conforme el cronograma.- Deberán asimismo en forma conjunta la Provincia y Municipio implementar un sistema de información a la región afectada que posibilite el acceso a quines no tengan disponible medios digitalizados; vi) disponer que intervengan en las distintas etapas en forma coordinada la Dirección Provincial de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable y la Autoridad del Agua; vii) que la empresa Diacrom cese en forma inmediata en la utilización del cromo en el proceso de galvanoplastía; viii) intimó a la Municipalidad de Vicente López en concurrencia con la Provincia , a controlar las condiciones de salubridad de la zona, el cumplimiento de la prohibición del vertido de efluentes y gases contaminantes a la atmósfera, así como coordinar un sistema de información pública sobre el estado actual de contaminación en las etapas de saneamiento ambiental.-
Mariano J. Aguilar
Abogado
Director Ejecutivo AAdeAA
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