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17º UAC EN BUENOS AIRES

lunes, 3 de mayo de 2010

Facultad de Psicología: Res. (CD) Nº 414/10

Se informa a la comunidad universitaria la resolución del Consejo Directivo del día de la fecha acerca de un tema que inquieta a la Universidad y al país en general.-

“VISTO que la La Alumbrera es uno de los yacimientos metalíferos a cielo abierto más grandes del país, y

CONSIDERANDO:
Que este Yacimiento está ubicado en el noroeste de la provincia de Catamarca, a 2600 metros sobre el nivel del mar y su explotación durante los últimos cuatro años arrojó ganancias superiores a los 10.000 millones de pesos. El yacimiento está operado por una firma extranjera, Minera Alumbrera Ltd., la cual retiene el 80% de las ganancias de la mina, siendo su accionista mayoritario la empresa suiza Xstrata.

Que en el año 1958, a través de la Ley del Congreso Nacional Nº14771, fue creada YMAD (Yacimientos Mineros Aguas del Dionisio) la empresa dueña del 20 % restante de los derechos de la mina. Está formada por la provincia de Catamarca, la Universidad Nacional de Tucumán (UNT) y el Estado nacional. YMAD retiene el 20 por ciento de las utilidades y de acuerdo a su ley de creación, está obligada a repartir sus ganancias entre la Provincia de Catamarca (60%), UNT (20%) y el resto de las universidades nacionales (20%).

Que es importante señalar que esta ley de 1958 fue promulgada durante el gobierno de Arturo Frondizi, en el marco de una política desarrollista y de promoción de la industria minera y petrolífera nacional.

Que la minería tradicional o de socavón construye túneles para acceder a las capas profundas del mineral sin afectar el entorno ambiental. La minería a cielo abierto, en cambio, abre la tierra utilizando explosivos generando las grandes canteras en las que el metal queda expuesto para su extracción. Se producen así los enormes cráteres característicos, que además de otros efectos negativos, trastocan de manera estructural el suelo.

Que esto plantea a las universidades públicas un eventual conflicto de intereses. De un lado, el compromiso de investigar y desarrollar recursos para mejorar las condiciones de vida de la población, del otro la recepción de fondos emanados de una industria sospechada de perjudicar tanto la salud como el medio ambiente.

Que para la Facultad de Psicología de la UBA , en su carácter de carrera de interés público, el tema cobra una relevancia especial. El caso de La Alumbrera reafirma el compromiso de discutir cuidadosamente el ingreso de recursos provenientes de industrias como las petrolíferas, petroquímicas y tabacaleras, cuya lógica productiva aparece fuertemente objetada por organismos internacionales como la OMS y la OPS.

Lo aconsejado por la Comisión de Extensión Universitaria;



EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE PSICOLOGIA
R E S U E L V E :

Artículo 1º.- Reafirmar nuestro compromiso con el ideario de la universidad pública y nuestras responsabilidades ético-institucionales, declara: se dispone a realizar un seguimiento del problema tendiente a efectivizar en acciones concretas los principios de la presente declaración.

Artículo 2º.- Solicitar al Consejo Superior de la Universidad de Buenos Aires que en caso de que las comisiones del CIN y del propio Consejo Superior, establezcan que las actividades de esas empresas son contaminantes, se abstenga de aceptar fondos provenientes de estos emprendimientos mineros.-

Artículo 3º.- Solicitar al Gobierno Nacional que en el caso de que dichas comisiones se expidan afirmando que tales emprendimientos contaminan, tome las medidas que impida el establecimiento de las empresas lesivas de la salud y el medio ambiente.-

Res. (CD) Nº 414/10”


Secretaría de Consejo Directivo

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Campaña Nacional de Firmas por el NO a la Minería Química a Cielo Abierto
y la Minería Nuclear en todas sus formas

Los ciudadanos del territorio argentino decimos NO a la minería química con la modalidad a "cielo abierto" y a la minería radiactiva en todas sus modalidades (cielo abierto o por galerías).

  • Pedimos la nulidad y derogación de la Ley de Inversiones Mineras (Ley Nacional 24.196) y normas complementarias.
  • Exigimos la derogación y anulación por parte de la República Argentina del "Tratado de Integración Minero Argentino-Chileno".
  • Reclamamos el cierre definitivo y la recomposición del ambiente, según el art. 41 de la Constitución Nacional, de todas las minas abandonadas y aquellas que están funcionando y no respetan la ley general del ambiente (ley nº 25675).
  • Pedimos previa autorización expresa para la utilización de recursos hídricos compartidos de las poblaciones de las provincias potencialmente afectadas por un emprendimiento minero que se expresarán por referéndum y demandamos la participación de la autoridad ambiental nacional en caso de efectos ínter-jurisdiccionales.
  • Pedimos se respeten estrictamente los principios ambientales preventivo, precautorio y de sustentabilidad contenidos en la ley general del ambiente y la sanción de caducidad de las concesiones mineras en caso de incumplimiento.
  • Reclamamos la detención y prisión de los empresarios mineros que contaminan el medio ambiente con sus delitos y la misma condena para los funcionarios públicos cómplices.
  • Denunciamos los planes nucleares que se fomentan desde el gobierno y enriquecen a los empresarios mineros que desarrollan emprendimientos mineros radiactivos.
  • Reclamamos expresa "Licencia Social" y participación ciudadana real y efectiva previas a los procesos de autorización de actividades mineras.

¡Sí a la vida y a la dignidad! ¡No al saqueo, destrucción y contaminación!

¡Sumá aquí tu firma a este reclamo!

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