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martes, 17 de noviembre de 2009

LAMENTABLE: Scioli-Stornelli - “Recuperemos la calle para la Bonaerense”

Amplio rechazo a la propuesta de código contravencional de Scioli y Stornelli

Un proyecto para el marche preso

La propuesta castiga a piqueteros, prostitutas, travestis, mendigos, cuidacoches y limpiavidrios y los escraches a funcionarios. Medio centenar de importantes organizaciones promueve el rechazo.

Por Horacio Cecchi
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La propuesta de Scioli enmascara la libertad de acción policial.

El proyecto de código contravencional “Recuperemos la calle para la Bonaerense”, propuesto por el binomio Scioli-Stornelli, no sólo recoge lo peor del código anterior, de treinta y seis años de antigüedad, también propone la persecución de la protesta social (promueve la detención por corte de tránsito –excepto, claro está, que se trate de tractores, 4x4 o reclamos por más policía–); el escrache (en protección de funcionarios); castiga a los cartoneros por el uso de carros a tracción a sangre; persigue a homeless, cuidacoches, limpiavidrios, travestis, prostitutas, chicos en la calle, mendigos. Castiga la retrógrada y difusa figura del merodeo y sostiene la cavernaria idea de la vagancia y la ebriedad, que supo perseguir la policía del 1900. Y deja todo en manos de jueces que no son jueces porque serán nombrados por la balanza administrativa del gobernador, con lo que su capacidad para sancionar a la principal fuente de irregularidades de la calle (la Bonaerense) no tiene visos de pretender ser cumplida.

El proyecto, que pareciera correr por derecha a Patti, ganó el rechazo de más de medio centenar de organismos y asociaciones: entre ellas la Comisión Provincial por la Memoria, el Cels, la CTA, ATE, la Asociación Pensamiento Penal, el Cepoc, el Instituto Gino Germani y la Facultad de Sociales, la APDH, la Asociación de Defensores de DD.HH., el Concejo Deliberante de Morón, el equipo de Antropología Política y Jurídica de Filosofía y Letras, investigadores y docentes de diferentes universidades públicas y privadas. Hoy, a las 10 de la mañana, la CPM y la CTA, entre otras, realizarán una conferencia de prensa en la Sala 9 de la Cámara de Diputados platense, a sabiendas de que si el código que rechazan existiera, bastaría para que les aplicaran el marche preso.

“La iniciativa no sorprende –sostienen las organizaciones convocantes en un durísimo comunicado–. Desde la asunción del gobernador, la política en materia de seguridad retornó a las propuestas de ‘mano dura’ y mayor poder para la estructura policial, afirmando que de esta manera se reduciría el delito y la violencia en la calle.”

El proyecto, que había sido anunciado el fin de semana pasado, al tanteo, como un globo de ensayo, ya tiene redactados sus 168 artículos, de los cuales buena parte constituyen, maquillados y modernizados, los retrógrados artículos que castigaban a crotos y linyeras de principios de siglo (pasado). El proyecto, según sostienen jueces y abogados, es un compendio de intolerancia. Los artículos que más se destacan son los que siguen, por orden de aparición. El 8, que castiga la pobreza, ya que habilita al arresto en caso de que no se pueda abonar la multa, que puede alcanzar de buenas a primeras, sin contabilizar reincidencias, los 7 mil pesos. El 12, que habilita a la detención en comisarías. El 23, a contramano del reciente fallo de la Corte Suprema de la Nación, que considera punibles a “quienes cometan contravenciones en estado de ebriedad o de intoxicación por alcaloides o narcóticos”. El 40, que castiga el escrache con la curiosa inclusión del funcionario público como damnificado: sanciona a quien ocasione “molestias arrojándole sustancias o materias que afecten sus vestimentas o su aspecto. Si la infracción fuere cometida en lugar donde se realizaren actos o espectáculos públicos o lo fuere contra funcionarios públicos, personas del culto, ancianos, enfermos mentales, mujeres o niños, se duplicará la sanción de multa y se aplicará además arresto hasta quince (15) días. Si la infracción fuere cometida por tres (3) o más personas que actuaren en grupo, accidental o habitualmente, se aplicará además sanción de arresto entre diez y treinta días a cada uno de sus integrantes, aun cuando solamente hubieren permanecido en el lugar durante su comisión”.

El 49 tiene como destinatarios a los cartoneros y sus carritos a tracción a sangre, porque castiga si “conducen personas inexpertas que puedan ocasionar daños o afectar el tránsito”. El artículo 64 está dedicado a los cuidacoches sin autorización, que obviamente la otorga la Bonaerense. El 65, a los que permanezcan en un lugar provocando “alarma” (la figura menemista del merodeo). Desde el 66 al 74 la dedicación es a la mendicidad, los sin techo, prostitutas y travestis (menciona, cuidadosamente, “personas que ejercieren la prostitución”), castiga la obscenidad y el escándalo público como si existiera una sola definición y como si el propio proyecto no incurriera en ella. El 80 castiga la protesta social: “... quien circulare por la vía pública con atuendos destinados a ocultar su rostro de manera tal que impidiere u obstruyere su identificación, excepto que las circunstancias del caso lo justificaren.

Cuando ello aconteciere en el marco de marchas o reuniones tumultuosas no se reconocerán otras causales de justificación de aquellas que obedecieren a motivos religiosos, culturales, étnicos y sanitarios”, es decir, no castigará a piqueteros con barbijos contra la gripe A ni que profesen el islamismo.

Por último, el artículo 161, que promueve la autogestión policial, sostiene que “los jueces contravencionales serán designados por el Poder Ejecutivo con participación de los órganos democráticos de cada Municipalidad y durarán cinco (5) años en el cargo”.

hcecchi@pagina12.com.ar

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Campaña Nacional de Firmas por el NO a la Minería Química a Cielo Abierto
y la Minería Nuclear en todas sus formas

Los ciudadanos del territorio argentino decimos NO a la minería química con la modalidad a "cielo abierto" y a la minería radiactiva en todas sus modalidades (cielo abierto o por galerías).

  • Pedimos la nulidad y derogación de la Ley de Inversiones Mineras (Ley Nacional 24.196) y normas complementarias.
  • Exigimos la derogación y anulación por parte de la República Argentina del "Tratado de Integración Minero Argentino-Chileno".
  • Reclamamos el cierre definitivo y la recomposición del ambiente, según el art. 41 de la Constitución Nacional, de todas las minas abandonadas y aquellas que están funcionando y no respetan la ley general del ambiente (ley nº 25675).
  • Pedimos previa autorización expresa para la utilización de recursos hídricos compartidos de las poblaciones de las provincias potencialmente afectadas por un emprendimiento minero que se expresarán por referéndum y demandamos la participación de la autoridad ambiental nacional en caso de efectos ínter-jurisdiccionales.
  • Pedimos se respeten estrictamente los principios ambientales preventivo, precautorio y de sustentabilidad contenidos en la ley general del ambiente y la sanción de caducidad de las concesiones mineras en caso de incumplimiento.
  • Reclamamos la detención y prisión de los empresarios mineros que contaminan el medio ambiente con sus delitos y la misma condena para los funcionarios públicos cómplices.
  • Denunciamos los planes nucleares que se fomentan desde el gobierno y enriquecen a los empresarios mineros que desarrollan emprendimientos mineros radiactivos.
  • Reclamamos expresa "Licencia Social" y participación ciudadana real y efectiva previas a los procesos de autorización de actividades mineras.

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