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17º UAC EN BUENOS AIRES

domingo, 22 de noviembre de 2009

Prioritaridad la industria y... si queda algo, para la población

BAHÍA BLANCA Y SUS ALREDEDORES, DEPENDEN DEL DIQUE PASO PIEDRAS, EL CUAL ESTÁ EN FRANCO RETROCESO POR LA SEQUÍA Y POR LA "AYUDA DEL POLO PETROQUÍMICO", VEAMOS UN POCO, LA LABOR DE NUESTRAS INDUSTRIAS PARA EL DESARROLLO... EL LAGO SE HA REDUCIDO ALREDEDOR DE 10 METROS DE ALTURA Y PELIGRA EL ABASTECIOMIENTO DE MÁS DE 400.000 PERSONAS. No olvides: El silencio cómplice produce diarrea mental....

En la actualidad, el polo petroquímico demanda el 20% del agua que, proveniente del dique, abastece tanto a Bahía Blanca como a la cercana ciudad de Punta Alta. A nivel cobertura domiciliaria, la fuente provee del líquido vital a más de 400.000 personas.



Felicitaciones Sandra Crucianelli!! Gracias!! por todo el trabajo que te estas tomando para informarnos!!!
No solo que el Polo se lleva la mayor cantidad de agua potable, sino que además tiene prioridad sobre la población... y como frutilla del postre...a menor precio: 0,0325 la poblacion y 0,02 el polo!!!
Unos genios nuestros políticos!!!
"Gracias!!!Sola y Dualdhe!!!" ...¿no son los que se andan haciendo los salvadores?
Ud. vótelos...ellos se encargan de estafarlo!



Les envío la nota publicada en la página de Sandra Cruccianelli:
Agua del Dique: El Polo Está Primero; Después la Gente. Apareció el Misterioso "Anexo O"
Escrito por Sandra Crucianelli, on Lunes, 16 Noviembre 2009

Se lo conoce como “El Anexo O” y figura en el contrato de concesión del servicio de agua potable que el gobierno de Eduardo Duhalde le otorgó a Azurix, el 30 de junio de 1999. La lectura no deja margen de duda: “a partir del séptimo año el concesionario deberá destinar el agua proveniente del Dique Paso Piedras prioritariamente al abastecimiento de agua para el Polo. Y si no hubiera agua suficiente para proveer agua potable a los ciudadanos de Bahía Blanca, deberá comprometerse a buscar fuentes alternativas del suministro”. El famoso "Anexo O" siempre fue un misterio. El gobierno provincial, la Autoridad del Agua y el Órgano de Control, OCABA, se cuidaron muy bien de no subir a la Web el listado de Anexos que formaron parte de la privatización del servicio. Tampoco aparecen en sus sitios Web las circulares 13 (A) y 17 (A), que detallan los contratos celebrados antes de esa fecha entre la provincia y las empresas del Polo Petroquímico. Los misterios en torno a este faltante documental han ido incrementándose, por cuanto mientras algunas fuentes aseguraban la existencia del acuerdo, otras lo siguen negando. Solo Local pone a disposición de la audiencia el contenido completo del Anexo O, con la intención de que no queden dudas, tal como podrá verse en las vistas del texto, en el artículo completo. También se localizaron otros documentos digitales que demuestran su vigencia.

En la base de datos del gobierno bonaerense, aparece el decreto 3.508, que Felipe Solá firmó el 30 de diciembre del 2004, y que puede leerse haciendo en este enlace: http://www.gob.gba.gov.ar/legislacion/legislacion/04-3508.html. Allí se reconoce explícitamente que:

1) La Provincia de Buenos Aires confirió a ABSA a prestación del servicio en iguales términos y condiciones que la anterior concesionaria (Azurix)
2) Que corresponde a Aguas Bonaerenses S.A. abonar el agua cruda que se entrega en el Dique Paso de las Piedras, para su utilización en el abastecimiento de la ciudad de Bahía Blanca y para dar cumplimiento a los contratos de provisión de agua industrial celebrados con las industrias del Polo Petroquímico, de acuerdo a valores y precios allí previstos.

3) Que los precios se han fijado en un valor de $ 0,0325 por cada metro cúbico de agua cruda entregada, con excepción de la suministrada para cumplir con los contratos de provisión de agua industrial, que se fijó en $ 0,02 por cada metro cúbico.

Pero no es el único documento que reconoce la existencia y vigencia de contratos de provisión de agua celebrados entre el Gobierno Bonaerense y las empresas del Polo Petroquímico.

Cuando comenzó el litigio entre Azurix y el gobierno , tal como se lee haciendo clic en este enlace:

http://icsid.worldbank.org/ICSID/FrontServlet?requestType=CasesRH&actionVal=showDoc&docId=DC507_Sp&caseId=C5, en los tribunales internacionales se reconoció explícitamente la vigencia de dicho Anexo.

Allí se lee que:

1) AGOSBA había concertado un acuerdo con Profértil y la Provincia para abastecer de agua industrial a una planta de fertilizantes en construcción.

2) La Demandada afirma, basándose en el Artículo 1 del Anexo O del Contrato de Concesión, que “aún cuando la operación y el mantenimiento del Dique Paso de las Piedras estaba a cargo de la Provincia, la responsabilidad de esta última se encontraba expresamente exceptuada por la ‘calidad y cantidad de agua entregada’ al Concesionario.

3) Según lo dispuesto en la Circular No. 39(B), en el punto 2 del Anexo O del Contrato se establecieron pautas para el abastecimiento de agua industrial a las empresas del Polo. En dicho anexo se estableció expresamente el precio que se pagaría a la Provincia y su responsabilidad por la cantidad de agua entregada. La calidad del agua debía ser la que tenía en su estado natural en el dique Paso de las Piedras, con su posterior tratamiento en la Planta de Microtamizado86.

Las pruebas no se agotan ahi.

En el diario de sesiones del 27 de abril del 2000, al que se accede mediante este enlace:

http://www.senado-ba.gov.ar/Archivos/DiariosDeSesiones/Periodo_Legislativo_128_2000/Reunion5%20-%2027-04-2000.pdf

queda claro a partir de la página 414 , y específicamente en la página 415:

Que el Anexo O del Contrato de Concesión textualmente dice “El Concesionario a partir del séptimo año, a contar desde la vigencia de la Concesión (1/7/99), deberá destinar el agua proveniente del Dique prioritariamente al abastecimiento de agua para el Polo, en los términos contemplados en el presente apartado, comprometiéndose, para el supuesto de no ser suficiente el agua proveniente del mismo para el abastecimiento a la ciudad de Bahía Blanca y su zona de influencia, a utilizar fuentes alternativas”.

Hasta aquí, la historia del Anexo O, quedó develada. Las pruebas documentales están a la vista. No tiene sentido que se siga negando su existencia.

Vistas Completas Anexo O y al final, enlaces relacionados




Enlaces Relacionados:

Permiso Denegado a la Compañía Mega, para la extracción de agua subterránea destinada al autoabastecimiento
http://www.ocaba.mosp.gba.gov.ar/Res2006/33-2006.pdf
Año 2005: Alerta para ABSA
http://www.ocaba.mosp.gba.gov.ar/Res2005/03-2005.pdf
Contrato de Concesión a Azurix
http://www.ocaba.mosp.gba.gov.ar/Marco%20Legal/contrato_azurix/CONTRATO_AZURIX.pdf

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Campaña Nacional de Firmas por el NO a la Minería Química a Cielo Abierto
y la Minería Nuclear en todas sus formas

Los ciudadanos del territorio argentino decimos NO a la minería química con la modalidad a "cielo abierto" y a la minería radiactiva en todas sus modalidades (cielo abierto o por galerías).

  • Pedimos la nulidad y derogación de la Ley de Inversiones Mineras (Ley Nacional 24.196) y normas complementarias.
  • Exigimos la derogación y anulación por parte de la República Argentina del "Tratado de Integración Minero Argentino-Chileno".
  • Reclamamos el cierre definitivo y la recomposición del ambiente, según el art. 41 de la Constitución Nacional, de todas las minas abandonadas y aquellas que están funcionando y no respetan la ley general del ambiente (ley nº 25675).
  • Pedimos previa autorización expresa para la utilización de recursos hídricos compartidos de las poblaciones de las provincias potencialmente afectadas por un emprendimiento minero que se expresarán por referéndum y demandamos la participación de la autoridad ambiental nacional en caso de efectos ínter-jurisdiccionales.
  • Pedimos se respeten estrictamente los principios ambientales preventivo, precautorio y de sustentabilidad contenidos en la ley general del ambiente y la sanción de caducidad de las concesiones mineras en caso de incumplimiento.
  • Reclamamos la detención y prisión de los empresarios mineros que contaminan el medio ambiente con sus delitos y la misma condena para los funcionarios públicos cómplices.
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