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viernes, 3 de septiembre de 2010

Papel Prensa, contamina más que Botnia.

A mediados de agosto pasado la Corte Suprema de Justicia, rechazó una medida cautelar solicitada por Papel Prensa, y de ese modo autorizó a que el Estado Nacional, controlara la posible contaminación causada por los efluentes líquidos que su planta de San Pedro, vuelca al Río Baradero.
Los diarios accionistas de Papel Prensa aún no informaron sobre este fallo, firmado el 10 de agosto por los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton, Raúl Zaffaroni, Juan Carlos Maqueda, Enrique Petracchi y Carlos Fayt.
Papel Prensa, afirma que sólo la autoridad ambiental de la provincia de Buenos Aires, tiene facultades para controlar su planta. Se entiende por qué: la empresa sigue vertiendo sus desechos en un afluente del Paraná de las Palmas, sin contar con autorización de la policía ecológica bonaerense, ni certificado de aptitud ambiental.
En octubre de 2006 comenzó el corte del puente en Gualeguaychú, en protesta por la posible contaminación causada por la pastera Botnia. El 9 de marzo de 2007 técnicos enviados por el jefe de gabinete de entonces, Alberto Ángel Fernández, y por su secretaria de Ambiente y Desarrollo Sustentable, Romina Picolotti, comprobaron el vertido de efluentes líquidos contaminantes de la planta en Baradero y fijaron un plazo de 180 días, para eliminar esa contaminación.

Cuando el Estado Nacional le reclamó que exhibiera el permiso para esos derrames industriales, la empresa recurrió al juzgado federal de San Nicolás, alegando que sólo estaba bajo la jurisdicción bonaerense, por lo que el Estado Nacional, no podía adoptar ninguna decisión ni instruir un sumario administrativo.
El juez Carlos Villafuerte Ruzo, se declaró incompetente y remitió el expediente a la Corte Suprema, por ser parte una provincia. La Corte rechazó la medida cautelar por inexistencia de peligro en la demora, ya que Papel Prensa podría presentar su descargo, ofrecer prueba, alegar y recurrir en el correspondiente sumario administrativo.
Antes de declararse incompetente, Villafuerte Ruzo había ordenado allanar la planta, a solicitud del fiscal Juan Patricio Murray. Según este, Papel Prensa contamina. Entre otras observaciones, el dictamen de fiscalía señala que la empresa papelera propiedad del Grupo Clarín, el diario La Nación y el Estado nacional "no cuenta con certificado de aptitud ambiental vigente”, “no tiene permiso de vuelco de efluentes líquidos industriales al río Baradero” y “no utiliza las instalaciones de su planta de tratamiento por encontrarse saturadas".

El escrito agrega que “los exámenes periciales realizados sobre los efluentes líquidos industriales de la planta, son indicativos de un exceso muy significativo en los límites establecidos en la legislación vigente” y demuestran “la disminución de la calidad del agua del río Baradero, aguas abajo de la planta de Papel Prensa”.
Mediante el dictamen, Murray también se opuso a la devolución de la documentación secuestrada en la sede central de la firma Papel Prensa S.A. el pasado 22 de mayo, porque “constituye prueba de cargo para poder realizar las imputaciones pertinentes sobre los hechos materia de investigación”.
El Instituto Nacional del Agua estableció que las muestras de efluentes líquidos tomadas en 2008, excedían en 10 veces los límites autorizados de Demanda Bioquímica y Demanda Química de Oxígeno (DBO y DQO).
Además la Autoridad del Agua (ADA) y el Organismo para el Desarrollo Sustentable (OPDS) de la Provincia de Buenos Aires, informaron que Papel Prensa nunca tuvo permiso para arrojar esos efluentes líquidos al río ni certificado de aptitud ambiental.

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Campaña Nacional de Firmas por el NO a la Minería Química a Cielo Abierto
y la Minería Nuclear en todas sus formas

Los ciudadanos del territorio argentino decimos NO a la minería química con la modalidad a "cielo abierto" y a la minería radiactiva en todas sus modalidades (cielo abierto o por galerías).

  • Pedimos la nulidad y derogación de la Ley de Inversiones Mineras (Ley Nacional 24.196) y normas complementarias.
  • Exigimos la derogación y anulación por parte de la República Argentina del "Tratado de Integración Minero Argentino-Chileno".
  • Reclamamos el cierre definitivo y la recomposición del ambiente, según el art. 41 de la Constitución Nacional, de todas las minas abandonadas y aquellas que están funcionando y no respetan la ley general del ambiente (ley nº 25675).
  • Pedimos previa autorización expresa para la utilización de recursos hídricos compartidos de las poblaciones de las provincias potencialmente afectadas por un emprendimiento minero que se expresarán por referéndum y demandamos la participación de la autoridad ambiental nacional en caso de efectos ínter-jurisdiccionales.
  • Pedimos se respeten estrictamente los principios ambientales preventivo, precautorio y de sustentabilidad contenidos en la ley general del ambiente y la sanción de caducidad de las concesiones mineras en caso de incumplimiento.
  • Reclamamos la detención y prisión de los empresarios mineros que contaminan el medio ambiente con sus delitos y la misma condena para los funcionarios públicos cómplices.
  • Denunciamos los planes nucleares que se fomentan desde el gobierno y enriquecen a los empresarios mineros que desarrollan emprendimientos mineros radiactivos.
  • Reclamamos expresa "Licencia Social" y participación ciudadana real y efectiva previas a los procesos de autorización de actividades mineras.

¡Sí a la vida y a la dignidad! ¡No al saqueo, destrucción y contaminación!

¡Sumá aquí tu firma a este reclamo!

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